Para las licencias concedidas a partir del año 2023, se aplicará un 50% de bonificación en la cuota de este impuesto por la construcción de Viviendas de Protección Oficial (VPO). Para las licencias concedidas antes del 1 de enero de 2023 se aplicará el 32% de bonificación.
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Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) - Bonificaciones y exenciones
Bonificaciones y exenciones en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
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Se aplicará un 78% de bonificación en la cuota del ICIO en las obras que se realicen en los edificios para su adaptación que favorezca las condiciones de acceso a los grupos de personas con dificultades en la accesibilidad o la habitabilidad de la misma, mediante la instalación de ascensores, modificación de puertas y accesos y similares.
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Abierto todo el año
Se aplicará una bonificación del 78% para las obras e instalaciones en viviendas siempre que el propietario o adjudicatario obtenga rentas que no excedan de las indicadas en la Ordenanza Fiscal 3 (consultar el apartado Normativa).
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Se aplicará una bonificación del 85% o del 90% en la cuota del ICIO según el nivel de ingresos indicado en en el epígrafe 3 de las Ordenanzas Fiscales.
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Abierto todo el año
Las actividades económicas cuyo volumen de operaciones, tal y como está definido para su determinación en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), sea inferior al 1.000.000 euros tendrán una bonificación del 30 % atendiendo a criterios de protección de las pequeñas y medianas empresas.
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Abierto todo el año
En el caso en el que se produzca habilitación normativa suficiente se concederá una bonificación del 95% de la cuota del Impuesto para aquellas construcciones, instalaciones y obras de adecuación y/o construcción que ejecute el Departamento de Educación, Universidades e Investigación en centros docentes ubicados en el municipio.
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Abierto todo el año
Bonificación de un 95% en la cuota del impuesto para la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.
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Abierto todo el año
Bonificación para obras e instalaciones en viviendas cuya finalidad sea la rehabilitación energética para la obtención de etiqueta de eficiencia energética. El objetivo de esta bonificación es dar un tratamiento más favorable a las viviendas que posean el certificado de eficiencia energética de los edificios.
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Abierto todo el año
Bonificación para obras e instalaciones que se realicen en viviendas, cuya finalidad sea la rehabilitación integral que engloba rehabilitación energética y accesibilidad.
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Abierto todo el año
Bonificación para obras de Regeneración Urbana integral, siempre que el barrio haya sido declarado como área degradada.
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Abierto todo el año
El objetivo de esta bonificación es dar un tratamiento más favorable a los proyectos de rehabilitación integral de barrios que se realicen con la finalidad de incorporar energías renovables.
Consultar el porcentaje de bonificación en el epígrafe 3 de las Ordenanzas Fiscales.
- Ordenanzas Fiscales municipales del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
- Decreto foral 5/2021, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Norma Foral del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Las distintas bonificaciones en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) no son aplicables simultáneamente.