Bonificación para la construcción de Viviendas de Protección Oficial (VPO)
El contenido de la página ha expirado.
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) - Bonificaciones y exenciones: Bonificación para obras de adaptación para personas mayores de 65 años
Se aplicará una bonificación del 85% o del 90% en la cuota del ICIO según el nivel de ingresos indicado en en el epígrafe 3 de las Ordenanzas Fiscales.
Las obras realizadas tendrán como fin favorecer las condiciones de habitabilidad y adaptación (baños, habitabilidad en general) de las personas mayores de 65 años propietarias de la vivienda.
Abierto todo el año.
Las bonificaciones se solicitarán al presentar la solicitud de licencia de obras, o en el momento de recibir la liquidación (en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la liquidación emitida).
Este trámite se puede realizar de manera telemática presentando la documentación correspondiente en el registro electrónico:
Sistemas de identificación: Certificado.
Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario y ubicación siguiendo el enlace:
- Oficina de atención ciudadana de Aldabe
- Oficina de atención ciudadana de Ariznabarra
- Oficina de atención ciudadana de Arriaga
- Oficina de atención ciudadana de El Pilar
- Oficina de atención ciudadana de Hegoalde
- Oficina de atención ciudadana de Ibaiondo
- Oficina de atención ciudadana de Iparralde
- Oficina de atención ciudadana de Judimendi
- Oficina de atención ciudadana de Lakua
- Oficina de atención ciudadana de Salburua
- Oficina de atención ciudadana de San Antonio
- Oficina de atención ciudadana de Zabalgana
- Oficinas municipales de San Martín
Para realizar el trámite de manera telefónica, llamar a: 010 (945 16 11 00)
Para realizar el trámite a través del correo electrónico, dirigirse a: hacienda@vitoria-gasteiz.org
Consultar el porcentaje de bonificación en el epígrafe 3 de las Ordenanzas Fiscales.
- Ordenanzas Fiscales municipales del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
- Decreto foral 5/2021, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Norma Foral del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Las distintas bonificaciones en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) no son aplicables simultáneamente.
Trámites relacionados
-
-
Bonificación para obras que se realicen en edificios para favorecer la accesibilidad
-
Bonificación para obras en viviendas (según renta)
-
Bonificación para sujetos pasivos con volumen de operaciones en el IAE inferior a 1 millón de euros
-
Bonificación para obras de adecuación de centros docentes
-
Bonificación para el aprovechamiento de la energía solar para el autoconsumo
-
Bonificación para obras e instalaciones en viviendas para la obtención de etiqueta de eficiencia energética
-
Bonificaciones para obras e instalaciones de rehabilitación integral (energética y accesibilidad) en viviendas
-
Bonificaciones para obras de Regeneración Urbana integral de barrios declarados como área degradada
-
Bonificación para incorporar energías renovables en los proyectos de rehabilitación integral de barrios
Más información
Departamento: Hacienda
Servicio: Gestión Tributaria
Efecto del silencio: Negativo
Plazo de resolución: Según normativa aplicable
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.