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Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) - Bonificaciones y exenciones: Bonificaciones para obras de Regeneración Urbana integral de barrios declarados como área degradada

Bonificación para obras de Regeneración Urbana integral, siempre que el barrio haya sido declarado como área degradada.

 

El objetivo de esta bonificación es dar un tratamiento más favorable a las obras de los barrios declarados como áreas degradadas y así facilitar a las Comunidades de Propietarios que se lleve a cabo una regeneración urbana, social y ambiental.

50 por ciento de bonificación sobre la cuota del impuesto.

  • La obra debe realizarse en los portales pertenecientes al área degradada del barrio donde se ha establecido que se va a llevar a cabo la Regeneración Urbana integral.
  • Es incompatible con el resto de bonificaciones.

Abierto todo el año.

Para realizar el trámite de manera telefónica, llamar a: 945 16 11 32


Para realizar el trámite a través del correo electrónico, dirigirse a: hacienda@vitoria-gasteiz.org


Consultar el porcentaje de bonificación en el epígrafe 3 de las Ordenanzas Fiscales.

Las distintas bonificaciones en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) no son aplicables simultáneamente.

Más información

Departamento: Hacienda

Servicio: Gestión Tributaria

Efecto del silencio: Negativo

Plazo de resolución: Según normativa aplicable

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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