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Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) - Bonificaciones y exenciones: Exención por volumen de operaciones menor a un millón de euros

A partir del año 2017, estarán exentos del impuesto aquellos sujetos pasivos que tengan un volumen de operaciones inferior a un millón de euros, de acuerdo con la Norma Foral 18/2016, de 23 de diciembre (BOTHA nº 147 de 30 de diciembre de 2016).

  • Que los sujetos pasivos no formen parte de un grupo de sociedades en el cual la suma de los volúmenes de dichas sociedades supere ese importe.
  • Que los sujetos pasivos no estén participados en un 25 % por una empresa que supere ese volumen.
  • La bonificación se aplicará de oficio.

Abierto todo el año.

Se aplicará de oficio.

El Servicio de Gestión Tributaria del Departamento Municipal de Hacienda le enviará por correo el recibo con el importe correspondiente, de acuerdo a la ordenanza que regula esta tasa.

La tasa está recogida en el epígrafe 5 de las Ordenanzas Fiscales.

  • El importe de la bonificación, no podrá exceder del coste de la actuación o inversión realizada.
  • Los beneficios fiscales no tienen carácter retroactivo.

Más información

Departamento: Hacienda

Servicio: Gestión Tributaria

Efecto del silencio: No tiene

Plazo de resolución: Según normativa aplicable

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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