eseu


Solicitud de licencia de vado

Conseguir licencia de paso de vehículos por aceras o zonas peatonales y el establecimiento de los correspondientes vados.

Personas propietarias de las fincas y quienes ostenten título suficiente de uso de los locales, establecimientos o instalaciones a los que la licencia de paso de vehículos de acceso.

Para establecimientos comerciales o industriales

  • Que la índole de la actividad exija necesariamente la entrada y salida de vehículos.
  • Disponer de un espacio suficiente para que un vehículo de 3.500 kg. realice las labores de carga y descarga, destinando este espacio únicamente a este fin y zona de maniobras con objeto de atender al cumplimiento del requisito que se exige en el apartado anterior.
  • En los casos en que el vehículo sea el objeto principal de la actividad, los requisitos de concesión de licencia serán los exigidos a las guarderías de vehículos.

Para guardería de vehículos (garajes)

  • El local, garaje o aparcamiento, deberá tener capacidad para un mínimo de 5 turismos o furgonetas de carga inferior a 3.500 kg. o dos camiones de carga superior.
  • Disponer de una superficie libre de 20 m2/vehículo si se trata de turismos o furgonetas, o de 40m2/vehículo si se trata de camiones.

Para viviendas unifamiliares

  • Disponer de una superficie libre de 20 m2/vehículo si se trata de turismos o furgonetas, o de 40m2/vehículo si se trata de camiones.

Abierto todo el año.

  • DNI/NIF de solicitante.
  • Breve descripción de la actividad con indicación del promedio de vehículos que accederán al local.
  • Plano de situación del edificio a escala 1:500.
  • Plano del local a escala 1:100 señalando expresamente el espacio destinado a los vehículos, superficies y accesos.

En caso de uso comercial

A la documentación arriba citada hay que añadir:

  • Copia de la licencia de apertura (comunicación previa o declaración responsable de actividad).
  • Copia de la licencia de actividad.

En caso de viviendas unifamiliares

A la documentación arriba citada hay que añadir:

  • Copia de la licencia de primera utilización.

En caso de vados ocasionales de obras de edificación

A la documentación arriba citada hay que añadir:

  • Copia de la licencia de obra.

La tasa está recogida en el epígrafe 7.4 de las Ordenanzas Fiscales.

  • Las licencias podrán concederse para uso permanente u horario del vado.
  • La duración de la vigencia será de 5 años prorrogables automáticamente para guarderías de vehículos y viviendas unifamiliares.
  • En el caso de establecimientos industriales y comerciales, la licencia se concederá por un plazo de 5 años. Una vez transcurrido este período, se entenderá caducada la licencia salvo que se solicite la prórroga de la misma con una antelación de 3 meses a la caducidad de la misma.
  • Los vados provisionales por obra de edificación, se revisarán de oficio cada 6 meses, manteniéndose la autorización de la misma mientras dure la obra.
  • La placa correspondiente se proporcionará en los almacenes municipales, en c/Oreitiasolo nº7, previa presentación de la licencia. Horario de lunes a viernes de 8:00 a 12:30 horas.

Más información

Departamento: Espacio Público y Barrios

Servicio: Espacio Público y Medio Natural

Efecto del silencio: Negativo

Plazo de resolución: 3 meses

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

Logo del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz

Plaza España 1, 01001 Vitoria-Gasteiz

010 (+34 945 16 11 00)

informacion@vitoria-gasteiz.org

© Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz / Vitoria-Gasteizko Udala.