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Solicitud de licencia de actividad clasificada

Obtener la licencia para  actividades de mayor afección (daños) para las personas, sus bienes o al medio ambiente, que se denominan "actividades clasificadas".

Que la actividad  esté recogida en el  listado de actividades clasificadas. Este listado se puede consultar en los anexos 1C y 1D  de la Ley 10/2021 de 9 de diciembre de Administración ambiental de Euskadi.

Abierto todo el año.

Este trámite se puede realizar de manera telemática presentando la documentación correspondiente en el registro electrónico:

Registro electrónico

  • Sistemas de identificación: Certificado.


  • Copia del DNI/NIF 
  • Si se actúa mediante representante, copia del DNI o documentación equivalente del representante, así como la acreditación del poder de representación con que actúa (poder notarial, documento privado con firma notarialmente legitimada o representación "apud acta" mediante comparecencia del representante.
  • En el caso de sociedades mercantiles y fundaciones, escritura de constitución de la sociedad o fundación, y en el de sociedades civiles y comunidades de bienes la escritura o contrato de constitución de las mismas.
  • Proyecto técnico y memoria descriptiva, firmados por técnico competente, en los que se detallarán las características de la actividad, la descripción del medio sobre el que se emplace, su posible repercusión ambiental y las medidas correctoras que se propongan utilizar, con expresión de su grado de eficacia y garantía de seguridad.
  • En los supuestos de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental, la documentación citada en el apartado anterior deberá incorporar un estudio de impacto ambiental.

La tasa está recogida en el epígrafe 6.2 de las Ordenanzas Fiscales.

  • Salvo que proceda la denegación expresa de la licencia de actividad por razones de competencia municipal basadas en el planeamiento urbanístico o en las ordenanzas municipales, el órgano competente, en el plazo de quince días, someterá el expediente relativo a la solicitud de establecimiento de actividad a exposición pública en el «Boletín Oficial del Territorio Histórico» y la notificará personalmente a los vecinos inmediatos al lugar donde haya de emplazarse.
  • Realizados los trámites señalados, el Ayuntamiento emitirá informe razonado sobre el establecimiento de la mencionada actividad en el plazo máximo de diez días. A la vista de la documentación presentada y previamente al otorgamiento de la licencia de actividad por el órgano competente, el órgano ambiental competente emitirá informe imponiendo, cuando procediere, medidas correctoras al proyecto de instalación o ampliación de la actividad solicitada, en el plazo máximo de quince días.
  • El plazo para resolver este procedimiento es de seis meses desde que se presente formalmente la solicitud de licencia ante el Ayuntamiento. Transcurrido dicho plazo sin que este haya emitido resolución expresa, y no mediando paralización del procedimiento imputable al solicitante, se entenderá otorgada la licencia en los términos del artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo en aquellos casos en que el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma u órgano foral competente hubiere notificado su informe desfavorable y se hallase éste pendiente de ejecución por parte del respectivo Ayuntamiento. En ningún caso podrán adquirirse, ni aun por silencio administrativo positivo, facultades o derechos disconformes con la ordenación urbanística ni con la legalidad vigente. La tramitación de este procedimiento está sujeta al pago de la tasa establecida en la Ordenanza fiscal 6.2.

Más información

Departamento: Modelo de Ciudad, Urbanismo, Vivienda, Limpieza y Medio Ambiente

Servicio: Gestión Ambiental

Efecto del silencio: Positivo

Plazo de resolución: 6 meses

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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