Abierto todo el año
En las transmisiones por fallecimiento, en las que se ha realizado testamentaria en la notaría o por sentencia del juzgado, las personas herederas deberán formular la declaración de alta en el IBI.
En las transmisiones por fallecimiento, en las que se ha realizado testamentaria en la notaría o por sentencia del juzgado, las personas herederas deberán formular la declaración de alta en el IBI.
La tasa está recogida en el epígrafe 1 de las Ordenanzas Fiscales.