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Solicitud para intervenir en el Turno Popular en los Plenos Municipales
Los órganos de participación ciudadana municipales -elkargunes, auzogunes y Consejo Social- y las asociaciones pueden hacer llegar su voz al Ayuntamiento utilizando el Turno Popular en los plenos. Esto les permite dirigirse en primera persona a los/as responsables políticos/as de la ciudad.
Los órganos municipales de participación ciudadana y las entidades ciudadanas inscritas en los Registros Oficiales.
- Los órganos municipales de participación ciudadana y las entidades ciudadanas inscritas en los Registros Oficiales correspondientes, tienen derecho a conocer el orden del día de las Comisiones de Pleno y del Pleno, podrán efectuar exposiciones ante el Pleno del Ayuntamiento en relación con algún punto del Orden del Día conforme a los artículos 20 a 23.36.2. También, podrán presentar iniciativas en la parte de control sobre cualquier tema de su interés.
- Con una periodicidad de cuatro meses podrán convocarse sesiones plenarias extraordinarias en las cuales, a iniciativa de los órganos de participación ciudadana municipales y las entidades ciudadanas inscritas en el registro oficial correspondiente, se traten asuntos de interés para las mismas y se encuentren avaladas por el 1 por ciento de las firmas de la población con derecho a voto.
- Las solicitudes se registrarán en el Registro de la Secretaría General del Pleno antes de las 12.00 horas del día de celebración de la Junta de Portavoces que se convoque para oír a los Grupos Municipales sobre el orden del día de la sesión plenaria en la que se solicite participar.
Abierto todo el año.
Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario y ubicación siguiendo el enlace:
- Copia del D.N.I. de la persona solicitante.
- En el caso de que la entidad sea un fundación, habrá de acreditarse que la persona solicitante ostenta la capacidad de representación de dicha fundación.
- Copia del D.N.I. de la/s persona/as que tomarán la palabra en la sesión.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.
- Reglamento Orgánico del Pleno
- Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana en el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz hará público, mediante los medios informativos municipales, el orden del día de las Comisiones del Pleno y del Pleno con la antelación suficiente. (Artículo 45 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana).
Tanto en las sesiones plenarias ordinarias o extraordinarias, los asuntos planteados serán examinados previamente a su inclusión en el orden del día por la Junta de Portavoces, que podrá rechazarlos motivadamente cuando se considere que existe reiteración del asunto respecto a una sesión anterior y se estime la inexistencia de elementos nuevos que hagan necesario un nuevo tratamiento (Artículo 36 del Reglamento Orgánico del Pleno).
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Más información
Departamento: Alcaldía, Relaciones Institucionales e Igualdad
Servicio: Secretaría General del Pleno
Efecto del silencio: Según normativa aplicable
Plazo de resolución: 3 días hábiles
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.