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Solicitud de la tarjeta para tenencia y uso de armas de 4ª categoría

Las tarjetas de armas que posibilitan llevar y usar las armas de categoría 4ª fuera del domicilio son documentos singulares que deben acompañar a sus titulares cuando porten aquellas. Estas tarjetas se conceden y renuevan (cat.4ª-1), y en su caso se retiran, por los Alcaldes de los municipios donde estén avecindados los solicitantes o titulares, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 del vigente Reglamento de Armas.  

  • Personas mayores de 14 años (menores de 18 años necesitan autorización de quien ostente la patria potestad o tutela).
  • Tener el padrón en el municipio de Vitoria-Gasteiz.

Es necesario obtener cita previa a través de:

Requisitos y documentación para la obtención y renovación

  • DNI en vigor.
  • Carecer de antecedentes penales y estar en condiciones psíquicas o físicas que permitan su utilización.
  • Factura de compra o impreso facilitado por la armería o establecimiento de compra o contrato de compraventa donde se indique claramente la marca, modelo, calibre y número de identificación del arma.
  • El arma deberá tener correctamente troquelado y legible el número de identificación.
  • Presentación del arma para su comprobación.
  • Cumplimentar y firmar el formulario de solicitud (Consultar apartado Documentación).

Condiciones para su tenencia y uso

  • La persona menor de edad que obtenga la Tarjeta de Armas, para utilizar el arma deberá contar con la compañía de una persona mayor de edad.
  • La pérdida del arma o de la tarjeta, así como su transmisión será inmediatamente comunicada a esta Policía local.
  • En ningún caso podrán tener ni usar armas las personas cuyas condiciones psíquicas o físicas les impidan su utilización.
  • En concreto, queda prohibido portar, exhibir o usar las armas:
    1. Sin necesidad o de modo negligente o temerario.
    2. Mientras se utilizan cascos o auriculares conectados con aparatos receptores o reproductores de sonidos.
    3. Bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.
  • La tarjeta sólo es válida para el transporte y uso del arma en los lugares habilitados para ello en el término municipal y no autoriza para la caza.

Abierto todo el año.

Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario y ubicación siguiendo el enlace:


  • Tarjeta Tipo A: esta autorización es válida para estas armas comprendidas en la cuarta categoría:
    • 4.1.- Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición, revólveres de doble acción, accionadas por aire y otro gas comprimido no asimiladas a escopetas y armas de uso lúdico-deportivo cuyo sistema de disparo es automático (que dispongan de cargador o depósito para munición, y el funcionamiento sea por botellas de gas, baterías eléctricas o análogas).
    • No se podrá poseer más de 6 armas de este tipo.
    • Validez: 5 años
  • Tarjeta Tipo B: esta autorización es válida para las armas comprendidas en la cuarta categoría:
    • 4.2.- Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas y armas de uso lúdico-deportivo accionadas por muelle o resorte.
    • Validez: permanente.

Más información

Departamento: Seguridad

Servicio: Policía Local

Efecto del silencio: Negativo

Plazo de resolución: 6 meses

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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010 (+34 945 16 11 00)

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