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Solicitud de fraccionamiento o de aplazamiento del pago de deudas

Solicitar al Ayuntamiento el aplazamiento (un plazo) o fraccionamiento (varios plazos) del pago de las deudas de contribución.

  • El aplazamiento es un acuerdo de pago con el Ayuntamiento, que permite aplazar, en un solo plazo, el pago total de la deuda. Se concederá por un plazo máximo de 12 meses. 
  • El fraccionamiento: es un acuerdo de pago con el Ayuntamiento, que permite dividir en cuotas mensuales el pago de tributos. Se concederá por un plazo máximo de 60 meses, tanto en periodo voluntario como en ejecutivo.

Pueden solicitar aplazamientos o fraccionamientos las personas físicas y jurídicas que requieran de forma transitoria efectuar el pago de su deuda en el plazo o plazos establecidos.

Se pueden fraccionar o aplazar todas las deudas tributarias y demás de naturaleza pública, tanto en periodo de pago voluntario, como en periodo de pago ejecutivo, teniendo en cuenta que:

  • Cuando las deudas están en periodo de pago voluntario, se puede solicitar el fraccionamiento o el aplazamiento antes de que acabe el plazo fijado para su ingreso.
  • Cuando las deudas están en periodo de pago ejecutivo, se puede solicitar el fraccionamiento o el aplazamiento de toda la deuda en cualquier momento, antes de la notificación de la enajenación de los bienes embargados.

En caso de tener deuda en ambos periodos, tanto voluntario como ejecutivo, es obligatorio fraccionar todo el conjunto de la deuda.

Abierto todo el año.

Este trámite se puede realizar de manera telemática presentando la documentación correspondiente en el registro electrónico:

Registro electrónico

  • Sistemas de identificación: Certificado.


Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario y ubicación siguiendo el enlace:


Tanto el fraccionamiento como el aplazamiento de pago deberán solicitarse completando la instancia de solicitud, dirigida al Servicio de Recaudación del Departamento de Hacienda, donde constarán, entre otros:

  • DNI, NIE, CIF o pasaporte.
  • Acreditación de la representación, en su caso.
  • Identificación de la deuda cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita.
  • Plazos y demás condiciones del aplazamiento o fraccionamiento que se solicita.
  • Domiciliación bancaria.
  • Garantía que se ofrece, en su caso.

Criterios generales de concesión de aplazamiento y fraccionamiento:

Fraccionamiento

El fraccionamiento es un acuerdo de pago con el Ayuntamiento, que permite dividir en cuotas mensuales el pago de tributos. Se concederá por un plazo máximo de 60 meses, tanto en periodo voluntario como en ejecutivo:

  • Se realizará por medio de cuotas mensuales constantes, se calculan en función del importe de la deuda y del número de plazos en que se pueda fraccionar, pero en ningún caso, la cuota mensual a pagar puede ser inferior a 30 euros.
  • El pago para los fraccionamientos domiciliados se hará efectivo el día 30 de cada mes, si es día hábil, o, en su caso, el último día hábil anterior a ese día.

Las cuotas de los fraccionamientos domiciliados se cargarán en la cuenta bancaria que se hubiera indicado, el día 30 de cada mes, si es día hábil, o, en su caso, el último día hábil anterior a ese día.

Aplazamiento

El aplazamiento: es un acuerdo de pago con el Ayuntamiento, que permite aplazar, en un solo plazo, el pago total de la deuda. Se concederá por un plazo máximo de 12 meses, según los siguientes criterios, tanto en periodo voluntario como en ejecutivo:

  • Deudas entre 350 euros y 3.000,00 euros podrán aplazarse un máximo de 6 meses.
  • Deudas entre 3.000,01 euros a 6.000 euros podrán aplazarse un máximo de 9 meses.
  • Deudas entre 6000,01 euros y 10.000 euros podrán aplazarse un máximo de 12 meses.

El acuerdo de fraccionamiento y aplazamiento genera intereses de demora, desde el final del período voluntario y por el tiempo que dure el fraccionamiento o aplazamiento.

Más información

Departamento: Hacienda

Servicio: Recaudación

Efecto del silencio: Según normativa aplicable

Plazo de resolución: Según normativa aplicable

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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