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Solicitud de derecho de acceso a la información pública en poder del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
El derecho de acceso a la información pública permite solicitar información en poder del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que haya sido elaborada o adquirida en el ejercicio de sus funciones. Cualquier persona física o jurídica tiene derecho a acceder a esta información. No es necesario motivar la solicitud ni tiene que acreditar interés legítimo; sólo se requiere una descripción precisa de la información solicitada.
Abierto todo el año.
Sistemas de identificación: Certificado, TMC.
Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario, ubicación y condiciones de cita previa siguiendo el enlace:
- Oficina de atención ciudadana de Zabalgana
- Oficinas municipales de San Martín
- Oficina de atención ciudadana de Aldabe
- Oficina de atención ciudadana de Ariznabarra
- Oficina de atención ciudadana de Arriaga
- Oficina de atención ciudadana de El Pilar
- Oficina de atención ciudadana de Hegoalde
- Oficina de atención ciudadana de Ibaiondo
- Oficina de atención ciudadana de Iparralde
- Oficina de atención ciudadana de Judimendi
- Oficina de atención ciudadana de Lakua
- Oficina de atención ciudadana de Salburua
- Oficina de atención ciudadana de San Antonio
- DNI/NIE/CIF de la persona solicitante y la acreditación del poder de representación, en el caso de representante.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi
- Decreto 128/2016, de 13 de septiembre, de la Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Si la persona solicitante estima que no está de acuerdo o no ha recibido ninguna respuesta del Ayuntamiento en el plazo máximo indicado anteriormente, podrá interponer una reclamación ante la Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública. Esta reclamación tiene por objeto que se revise y enmiende el acto administrativo dictado por el Ayuntamiento. Sustituye a los recursos administrativos y es previa a la posible impugnación vía contencioso-administrativa. Procedimiento para interponer una reclamación ante la Comisión Vasca de Acceso a la Información.
Quedan excluidos de este derecho los contenidos o documentos en curso de elaboración y los documentos de acceso restringido, total o parcialmente, ya sea por la necesidad de salvaguardar intereses públicos o de garantizar el derecho de otras personas. El derecho de acceso podrá ser limitado si su contenido afecta, por ejemplo, a la seguridad pública, la propiedad intelectual e industrial, la protección de datos personales y otros límites recogidos en la norma. Ello no significa que no pueda, una vez ponderado el interés a proteger, concederse un acceso parcial a la información, siempre que ello no distorsione o haga carecer de sentido la información que se facilita.
El Buzón ciudadano del Ayuntamiento o las redes sociales no son canales habilitados para este trámite por lo que las solicitudes presentadas por estos medios, no formarán parte de ningún procedimiento administrativo.
Más información
Departamento: Gobierno Abierto y Centros Cívicos
Servicio: Servicio Administrativo de Gobierno Abierto y Centros Cívicos
Efecto del silencio: Negativo
Plazo de resolución: 1 meses
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.