El contenido de la página ha expirado.
Solicitud de autorización para celebrar bailes, cotillones y similares en Navidad
Solicitar autorización para la celebración de bailes, cotillones y similares durante las fiestas de Navidad, Año nuevo y Reyes.
- Titulares de locales que dispongan de licencia de establecimiento o bien de comunicación previa de espectáculos y actividades recreativas.
- Titulares de establecimientos hoteleros, sociedades deportivas, culturales y similares que dispongan de zonas de uso hostelero vinculado a la actividad principal.
Solo si pretenden organizar bailes, bailes-cotillones y similares, modificando las condiciones establecidas en su licencia, de tal modo que el aforo final resultante sea igual o inferior a 700 personas.
En el caso de que el aforo resultante sea superior a 700 personas, se deberá presentar solicitud en la Dirección de Espectáculos y Juegos del Gobierno Vasco.
Del al .
Este trámite se puede realizar de manera telemática presentando la documentación correspondiente en el registro electrónico:
Sistemas de identificación: Certificado.
Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario y ubicación siguiendo el enlace:
- Oficina de atención ciudadana de Aldabe
- Oficina de atención ciudadana de Ariznabarra
- Oficina de atención ciudadana de Arriaga
- Oficina de atención ciudadana de El Pilar
- Oficina de atención ciudadana de Hegoalde
- Oficina de atención ciudadana de Ibaiondo
- Oficina de atención ciudadana de Iparralde
- Oficina de atención ciudadana de Judimendi
- Oficina de atención ciudadana de Lakua
- Oficina de atención ciudadana de Salburua
- Oficina de atención ciudadana de San Antonio
- Oficina de atención ciudadana de Zabalgana
- Oficinas municipales de San Martín
- Planos de situación y emplazamiento.
- Memoria explicativa del recinto, actividad a desarrollar así como las medidas correctoras previstas para evitar afecciones a terceros.
- Planos detallados del edificio o instalación con delimitación precisa de las zonas en que se pretende celebrar la actividad.
- Certificación de personal técnico competente que acredite las condiciones de seguridad, higiene, comodidad para el público de la instalación así como su correcto estado de funcionamiento.
- Certificación de la compañía aseguradora o correduría de seguros que acredite que el local dispone de una póliza de seguro que cubre la responsabilidad civil de sus titulares por daños a las personas concurrentes como consecuencia de las condiciones objetivas de los locales, sus instalaciones y servicios o la actividad del personal a su servicios, con las cuantías mínimas exigibles en función del aforo del Local o instalación, conforme a lo establecido en el Decreto 389/1998, de 22 de diciembre de Gobierno Vasco.
- Plan de autoprotección, cuando el aforo supere las 300 personas o cuando tenga una altura de evacuación igual o superior a 28 metros, en los términos exigidos por el Decreto 277/2010, de 2 de noviembre de Gobierno vasco.
- Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
- Decreto 17/2019, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Más información
Departamento: Modelo de Ciudad, Urbanismo, Vivienda, Limpieza y Medio Ambiente
Servicio: Servicio Jurídico Administrativo
Efecto del silencio: Positivo
Plazo de resolución: 3 meses
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.