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Solicitud de autorización para celebrar bailes, cotillones y similares en Navidad

Solicitar autorización para la celebración de bailes, cotillones y similares durante las fiestas de Navidad, Año nuevo y Reyes.

  • Titulares de locales que dispongan de licencia de establecimiento o bien de comunicación previa de espectáculos y actividades recreativas.
  • Titulares de establecimientos hoteleros, sociedades deportivas, culturales y similares que dispongan de zonas de uso hostelero vinculado a la actividad principal.

Solo si pretenden organizar bailes, bailes-cotillones y similares, modificando las condiciones establecidas en su licencia, de tal modo que el aforo final resultante sea igual o inferior a 700 personas.

En el caso de que el aforo resultante sea superior a 700 personas, se deberá presentar solicitud en la Dirección de Espectáculos y Juegos del Gobierno Vasco.

Del al .

Este trámite se puede realizar de manera telemática presentando la documentación correspondiente en el registro electrónico:

Registro electrónico

  • Sistemas de identificación: Certificado.


  • Planos de situación y emplazamiento.
  • Memoria explicativa del recinto, actividad a desarrollar así como las medidas correctoras previstas para evitar afecciones a terceros.
  • Planos detallados del edificio o instalación con delimitación precisa de las zonas en que se pretende celebrar la actividad.
  • Certificación de personal técnico competente que acredite las condiciones de seguridad, higiene, comodidad para el público de la instalación así como su correcto estado de funcionamiento.
  • Certificación de la compañía aseguradora o correduría de seguros que acredite que el local dispone de una póliza de seguro que cubre la responsabilidad civil de sus titulares por daños a las personas concurrentes como consecuencia de las condiciones objetivas de los locales, sus instalaciones y servicios o la actividad del personal a su servicios, con las cuantías mínimas exigibles en función del aforo del Local o instalación, conforme a lo establecido en el Decreto 389/1998, de 22 de diciembre de Gobierno Vasco.
  • Plan de autoprotección, cuando el aforo supere las 300 personas o cuando tenga una altura de evacuación igual o superior a 28 metros, en los términos exigidos por el Decreto 277/2010, de 2 de noviembre de Gobierno vasco.

Más información

Departamento: Modelo de Ciudad, Urbanismo, Vivienda, Limpieza y Medio Ambiente

Servicio: Servicio Jurídico Administrativo

Efecto del silencio: Positivo

Plazo de resolución: 3 meses

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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