Solicitud
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Ayudas al desarrollo de proyectos de economía circular: Justificación
Justificar la subvención recibida.
Bases de la convocatoria: BOTHA nº54, 15 de mayo de 2024
Pequeñas y medianas empresas (menos de 250 empleados, su facturación anual no excede de los 50 millones de euros y su balance general es inferior a los 43 millones de euros), que ejerzan una actividad mercantil y que cumplan los requisitos de la convocatoria.
Del al .
Este trámite se puede realizar de manera telemática presentando la documentación correspondiente en el registro electrónico:
Registro electrónicoSistemas de identificación: Certificado.
Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario y ubicación siguiendo el enlace:
- Oficina de atención ciudadana de Aldabe
- Oficina de atención ciudadana de Ariznabarra
- Oficina de atención ciudadana de Arriaga
- Oficina de atención ciudadana de El Pilar
- Oficina de atención ciudadana de Hegoalde
- Oficina de atención ciudadana de Ibaiondo
- Oficina de atención ciudadana de Iparralde
- Oficina de atención ciudadana de Judimendi
- Oficina de atención ciudadana de Lakua
- Oficina de atención ciudadana de Salburua
- Oficina de atención ciudadana de San Antonio
- Oficina de atención ciudadana de Zabalgana
- Oficinas municipales de San Martín
- Memoria de las actividades realizadas en el desarrollo del proyecto y los resultados obtenidos.
- Justificación debidamente acreditada de los gastos efectuados mediante facturas y documentos justificativos del pago.
- En caso de ser posible, documentación gráfica de los proyectos materializados.
- Si las solicitudes de subvención no reúnen los requisitos exigidos en las presentes bases, o no se acompañara a la misma la documentación exigida, se requerirá a las personas interesadas para que, en un plazo de 10 días, subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se las tendrá por desistidas de su petición.
- Tendrán la consideración de gastos subvencionables las facturas que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y correspondan al período comprendido entre el 20 de octubre de 2023 y el 18 de octubre de 2024.
Más información
Departamento: Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo
Servicio: Empresas
Efecto del silencio: No tiene
Plazo de resolución: Según normativa aplicable
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.