En las transmisiones por fallecimiento (mortis causa), en las que se ha realizado testamentaria en la notaría o por sentencia del juzgado, las personas herederas deberán pagar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antes Plusvalía) .
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Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana(antes Plusvalía) - Transmisión de inmuebles por Herencia
En las transmisiones por fallecimiento (mortis causa), en las que se ha realizado testamentaria en la notaría o por sentencia del juzgado, las personas herederas deberán pagar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antes Plusvalía).
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El Servicio de Gestión Tributaria del Departamento municipal de Hacienda le enviará por correo el recibo con el importe correspondiente. Además, podrá realizar cálculos y precálculos a petición de los y las interesadas.