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Declaración de promoción inmobiliaria (IAE)
Presentar declaraciones de promociones inmobiliarias en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
El sujeto pasivo que esté de alta o que cause baja en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el grupo 833 Promoción Inmobiliaria.
El grupo 833 que corresponde a la Promoción Inmobiliaria, tiene dos epígrafes: El 833.100 Promoción de Terrenos y el 833.200 Promoción de Edificaciones.
Este grupo comprende la compra o venta de inmuebles, totales o parciales.
Abierto todo el año.
Sistemas de identificación: Certificado.
Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario y ubicación siguiendo el enlace:
- Oficina de atención ciudadana de Iparralde
- Oficina de atención ciudadana de Judimendi
- Oficina de atención ciudadana de Lakua
- Oficina de atención ciudadana de Salburua
- Oficina de atención ciudadana de San Antonio
- Oficina de atención ciudadana de Zabalgana
- Oficinas municipales de San Martín
- Oficina de atención ciudadana de Aldabe
- Oficina de atención ciudadana de Ariznabarra
- Oficina de atención ciudadana de Arriaga
- Oficina de atención ciudadana de El Pilar
- Oficina de atención ciudadana de Hegoalde
- Oficina de atención ciudadana de Ibaiondo
El Servicio de Gestión Tributaria del Departamento Municipal de Hacienda le enviará por correo el recibo con el importe correspondiente, de acuerdo a la ordenanza que regula esta tasa.
La tasa está recogida en el epígrafe 5 de las Ordenanzas Fiscales.
- Decreto foral 3/2021, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Norma Foral del Impuesto sobre Actividades Económicas
- Real decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
- Real decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan las normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
El sujeto pasivo que esté de alta en el Impuesto sobre actividades económicas en el grupo 833 Promoción Inmobiliaria, está obligado a presentar declaración de variación de los metros cuadrados edificados o a edificar, urbanizados o a urbanizar, cuyas enajenaciones hayan tenido lugar durante el año inmediato anterior, sin que sea necesario presentar declaraciones cuando no se hayan efectuado ventas.
En caso de cese de actividad, el impreso se presentará junto con la declaración de baja.
Respecto al plazo:
- Si está de alta en la actividad, la declaración se presentará en el primer mes de cada año natural.
- En el supuesto de cese de la actividad antes del 1 de enero, el impreso se presentará junto con la declaración de baja.
Más información
Teléfono: 945 16 16 16 (extensión 4064)
Correo electrónico: hacienda@vitoria-gasteiz.org
Departamento: Hacienda
Servicio: Gestión Tributaria
Efecto del silencio: No tiene
Plazo de resolución: 6 meses
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.