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Construcciones nuevas: Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antes Plusvalía)

Las empresas promotoras y constructoras tienen que declarar que existe un edificio a través de la escritura pública de obra nueva.

También tienen que realizar la escritura pública de declaración de obra nueva (alta en la Plusvalía) aquellos particulares que construyen su vivienda.

Empresas promotoras y constructoras, y particulares o personas que vayan en su representación.

Abierto todo el año.

Dos meses a partir del día siguiente en el que se produzca el hecho.

Este trámite se puede realizar de manera telemática presentando la documentación correspondiente en el registro electrónico:

Registro electrónico


Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario y ubicación siguiendo el enlace:


  • Documento identificativo (CIF, DNI, NIE, pasaporte...).

  • Certificado final de obra.

  • Escritura de obra nueva.

  • Escritura de división horizontal.

  • Copia del título de propiedad anterior, para ver el valor del bien.

El Servicio de Gestión Tributaria del Departamento municipal de Hacienda le enviará por correo el recibo con el importe correspondiente. Además, podrá realizar cálculos y precálculos a petición de los y las interesadas.

Más información

Departamento: Hacienda

Servicio: Gestión Tributaria

Efecto del silencio: No tiene

Plazo de resolución: Según normativa aplicable

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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010 (+34 945 16 11 00)

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