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Baja de la actividad en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Las personas físicas o jurídicas que se den de baja de cualquier actividad empresarial, profesional o artística tienen la obligación de presentar la declaración de baja en el IAE.

Cualquier persona física o jurídica que ejerza una actividad empresarial, profesional o artística por cuenta propia.

Abierto todo el año.

La baja ha de tramitarse en el plazo de un mes a contar desde que se haya cesado la actividad.

Iniciar tramitación online

  • Sistemas de identificación: Certificado.


Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario y ubicación siguiendo el enlace:


Para realizar el trámite de manera telefónica, llamar a: 010 (945 16 11 00)


Para realizar el trámite a través del correo electrónico, dirigirse a: hacienda@vitoria-gasteiz.org


  • Se deberá indicar el número de registro de entrada del modelo censal presentado en la Hacienda Foral de Álava en "Información adicional".

Documentación a presentar en la Hacienda Foral de Álava

Además, los contribuyentes que vayan a formalizar una declaración de alta, baja o variación en el Impuesto sobre Actividades Económicas, deberán presentar, con carácter previo, ante la Hacienda Foral de Álava, y a través de los medios por ella establecidos el modelo censal correspondiente.

El Servicio de Gestión Tributaria del Departamento Municipal de Hacienda le enviará por correo el recibo con el importe correspondiente, de acuerdo a la ordenanza que regula esta tasa.

La tasa está recogida en el epígrafe 5 de las Ordenanzas Fiscales.

Se requerirán tramitaciones de baja y de alta de actividad cuando las variaciones consistan en una modificación del nombre, del domicilio de la actividad y de los epígrafes de la actividad.

Más información

El Impuesto sobre Actividades Económicas viene constituido por el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz. Este impuesto grava el ejercicio de las actividades aunque éstas no se ejerzan en un local determinado y no estén especificadas en las tarifas del impuesto.

El contenido de las actividades gravadas está definido en las tarifas del IAE.

Todos los sujetos pasivos tienen la obligación de presentar las correspondientes declaraciones de alta, baja y variación de la actividad, aunque estén exentos del pago del tributo.

Departamento: Hacienda

Servicio: Gestión Tributaria

Efecto del silencio: No tiene

Plazo de resolución: Según normativa aplicable

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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