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Autoliquidación de la Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local

Autoliquidar la tasa que tiene por objetivo el disfrute de la utilización privativa, o los aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo del dominio público municipal, a favor de empresas o entidades que lo utilizan para prestar los servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o una parte importante del vecindario del municipio de Vitoria-Gasteiz. 

Deben pagar la tasa las empresas o entidades que prestan servicios de suministros que resultan de interés general o afectan a la generalidad o una parte importante del vecindario. Los servicios pueden ser de suministros de agua, gas, electricidad, telefonía fija y otros medios de comunicación, que se presten, total o parcialmente, a través de redes y antenas fijas que ocupan el dominio público municipal.

La cuantía total de ingresos declarados por los suministros no puede ser inferior a la suma de los consumos registrados en contadores, u otros instrumentos de medida, instalados en este Municipio.

Abierto todo el año.

Se presentará trimestralmente, hasta el último día del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, a cada trimestre natural. La liquidación tiene una periodicidad trimestral.

Iniciar tramitación online

  • Sistemas de identificación: Certificado.


  • El alta en la tasa se realizará en régimen de autoliquidación en la sede electrónica (ver apartado Tramitación). Para poder habilitar a su empresa en esta aplicación de la sede electrónica, necesitamos que nos envíen la siguiente documentación a hacienda@vitoria-gasteiz.org:
    • Datos de la empresa:
      • Razón social de la empresa.
      • Número del NIF y copia documento NIF.
      • Domicilio postal.
      • Correo electrónico.
      • Teléfono.
    • Datos de la persona autorizada, que tiene a su nombre el certificado electrónico y quien va a realizar la autoliquidación de la tasa en la sede electrónica:
      • Nombre y apellidos.
      • Número del DNI y copia documento DNI.
  • En caso de ser la primera declaración que presente la empresa o entidad suministradora, en el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, debe presentar una instancia en el Registro electrónico confirmando la fecha inicial de prestación del suministro en el municipio de Vitoria-Gasteiz. Además deberá presentar la facturación trimestral en la web de autoliquidaciones.
  • Las empresas que utilicen redes ajenas deberán acreditar la cantidad satisfecha a los titulares de las redes con el fin de justificar la minoración de ingresos indicada. Esta acreditación se acompañará de la identificación de la empresa o entidad propietaria de la red utilizada.

Las empresas o entidades que prestan servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o una parte importante del vecindario. Los servicios pueden ser de suministros de agua, gas, electricidad, telefonía fija y otros medios de comunicación, que se presten, total o parcialmente, a través de redes y antenas fijas que ocupan el dominio público municipal.


La declaración se presentará hasta el último día del mes siguiente o el inmediato hábil posterior a cada trimestre natural. La liquidación tiene una periodicidad trimestral.

La presentación de las declaraciones finales de esta tasa, así como su pago, se realizarán en la sede electrónica municipal del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, a partir de enero de 2024.

En caso de ser la primera declaración que presente la empresa o entidad suministradora, en el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, debe presentar una instancia en el Registro electrónico confirmando la fecha inicial de prestación del suministro en el municipio de Vitoria-Gasteiz.

Además deberá presentar la facturación trimestral en la web de autoliquidaciones de este Ayuntamiento. 


El alta en la tasa se realiza con la presentación, trimestralmente, en régimen de autoliquidación, indicando el tipo de suministro y el volumen de ingresos percibidos por cada uno de los grupos integrantes en la base imponible. Previamente, se tiene que haber habilitado la empresa en la Sede. (Ver apartado Documentación)


No se pueden presentar las declaraciones para el pago de esta tasa por correo postal, correo electrónico o registro electrónico. La presentación de las declaraciones finales de esta tasa, así como su pago, se realizarán en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, a partir de enero de 2024.

Ello, en virtud del art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como del art. 3 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, que regulan la obligación de las personas jurídicas de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.


Las empresas que empleen redes ajenas para efectuar los suministros deducirán de sus ingresos brutos de facturación las cantidades satisfechas a otras empresas en concepto de acceso o interconexión a las redes. Se acompañará de la identificación de la empresa o entidad propietaria de la red utilizada.


Cuando la facturación trimestral tenga un importe cero o negativo, dicha declaración no se dará de alta en la web de autoliquidaciones de la sede electrónica de este Ayuntamiento.

En este supuesto, se tendrá que presentar la declaración de importes cero o negativos en el Registro electrónico en un escrito dirigido al Servicio de Gestión Tributaria del Departamento de Hacienda.


Más información

Departamento: Hacienda

Servicio: Gestión Tributaria

Efecto del silencio: Según normativa aplicable

Plazo de resolución: Según normativa aplicable

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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