Alta en el padrón municipal por nacimiento

Solicitar el alta en el padrón de habitantes para una persona recién nacida. El empadronamiento se hará en el domicilio de las personas progenitoras o turoras legales.

Residir habitualmente en el municipio de Vitoria-Gasteiz.

La persona recién nacida debe estar inscrita en el Registro Civil.

Abierto todo el año.

  • Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil o copia del libro de familia.
  • Documento de identificación original en vigor de la persona progenitora solicitante (DNI, Pasaporte, DNI comunitario o Permiso de residencia).

Documentación adicional en caso de empadronar a menores de edad con una única persona progenitora cuando hay dos personas progenitoras

Debido a un cambio legislativo en el artículo 154 del Código Civil, el domicilio de las personas menores se determinará en base a la patria potestad y no por la guarda y custodia. Por tanto, la documentación a presentar varía según los siguientes casos:

  • Personas progenitoras no separadas o separadas sin sentencia judicialPersonas progenitoras con sentencia judicial que determina la guardia y custodia exclusiva para una de ellas: La persona progenitora con la que se empadrona la menor de edad deberá aportar autorización de la otra persona progenitora. En caso de no poder obtener dicha autorización, deberá realizar ante el Juzgado una solicitud para que se determine el domicilio de la persona menor y acudir con dicha solicitud a la Unidad Técnica de Padrón (para lo que se solicitará cita).
  • Personas progenitoras con sentencia judicial que determina la guardia y custodia compartida: La persona progenitora con la que se empadrona la menor de edad deberá aportar autorización de la otra persona progenitora o aportar sentencia judicial en la que se determine el domicilio de la menor y firmar la declaración responsable de que dicha sentencia es la última dictada, que se le facilitará en la oficina de atención.
  • Personas progenitoras con sentencia judicial que determina la patria potestad única para una de ellas: La persona progenitora con la que se empadrona la menor de edad deberá aportar la sentencia judicial y firmar la declaración responsable de que dicha sentencia es la última dictada, que se le facilitará en la oficina de atención.

Para empadronar a personas menores no emancipadas con terceras personas distintas a las progenitoras o tutoras legales, se deberá tener la autorización de las dos personas progenitoras y pedir una cita con la Unidad Técnica de Padrón.

Nota: el empadronamiento se podrá hacer a través de Representación legal o voluntaria siempre y cuando se cumpla con el requisito de estar viviendo en el municipio y sólo mediante cita en la Unidad de Padrón (945 16 11 06).

Tramitación online: consiste solo en la solicitud de alta padronal por nacimiento.

Tras realizar la solicitud de alta online, la Unidad de Padrón comprobará que se han aportado los datos y documentos correctamente:

  • Si todo es correcto se realizará el alta en el padrón municipal.
  • Si falta algún documento, la Unidad de Padrón se pondrá en contacto con la persona solicitante, por ello es importante que se aporten los datos de contacto (correo electrónico, teléfono móvil) en el momento de la solicitud.

Se puede comprobar la correcta tramitación del alta obteniendo un volante de padrón 2 o 3 días después de realizar la solicitud de alta.

Más información

Departamento: Modernización de la Administración (Mantenimiento)

Servicio: Dirección General de Modernización de la Administración

Efecto del silencio: Positivo

Plazo de resolución: 3 meses

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.