Distintivo OTA para gremios y profesionales autónomos: Solicitud

Solicitar el distintivo OTA para personas pertenecientes al colectivo de gremios profesionales y/o personas trabajadoras en el Régimen de Autónomos.

No se entrega una tarjeta física. El control se realiza a través de la lectura de matrículas.

 

Gremios y profesionales autónomos cuya actividad empresarial esté ubicada en el municipio de Vitoria-Gasteiz y esté dada de alta en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE):

  • 244 Industrias Piedra Natural
  • 314 Fabricación productos metálicos estructurales (3141)
  • 501 Edificación y obra civil (5011, 5013)
  • 504 Instalaciones y montajes (5041, 5042, 5043, 5044, 5045, 5046, 5047)
  • 505 Acabado de obras (5051, 5052, 5053, 5055, 5056, 5057)
  • 653 Comercio al por menor (6531, 6532, 6533, 6534, 6535. 6536)
  • 691 Reparación artículos Hogar y otros bienes (6911, 6919)

  • La actividad debe ser una actividad empresarial ubicada en el municipio de Vitoria-Gasteiz, y estar de alta en algunos de los epígrafes del IAE citados anteriormente.
  • El/los vehículos deben estar a nombre de la persona, física o jurídica, titular de la actividad o de la propia actividad. Cuando la persona y/o actividad solicitante no sea la propietaria del vehículo, deberá realizar el trámite a través del registro electrónico, en el que cumplimentará una instancia general y presentará la siguiente documentación:
    • En el supuesto en el que disponga de vehículo en leasing o renting:
      • Copia del contrato de leasing o renting.
    • En el supuesto en el que disponga de un vehículo cedido por su empresa:
      • Documento que acredite la relación laboral entre la persona solicitante y la empresa titular del vehículo.
      • Documento que acredite que está autorizada por la empresa para hacer uso del vehículo en exclusiva y fuera del horario laboral.
  • El/los vehículos podrá(n) ser de los siguientes tipos: turismo (necesario para el desarrollo de la actividad), pick up, cuadriciclo pesado, vehículo mixto, o furgón/camión de menos de 3.000 Kg de carga útil
  • El permiso de circulación debe estar domiciliado en Vitoria-Gasteiz.
    • La persona solicitante deberá estar al corriente del pago de la tasa correspondiente al distintivo OTA del año anterior, si le hubiera sido concedido.

    Abierto todo el año.

    No debe presentarse más documentación que el documento identificativo, salvo en los siguientes casos:

    IAE de ámbito superior

    Si te has dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas para un ámbito mayor al municipal (que englobe al municpio de Vitoria-Gasteiz), deberás hacer la solicitud presencialmente en una oficina y presentar tu justificante de alta del IAE.

    Cambios de titularidad o de dirección

    Si ha cambiado recientemente la titularidad o la dirección del vehículo, la solicitud debe hacerse en una oficina, presentando los siguientes documentos:

    • Documento identificativo original o copia (DNI, tarjeta de residencia, NIE, pasaporte) de la persona a cuyo nombre se expide el distintivo.

    • Documentación provisional de la titularidad del vehiculo.

    • Para los casos en los que se ha cambiado recientemente en la DGT el domicilio del vehiculo para que coincida con la del domicilio de padrón, debera presentar permiso de circulacion o documento de la DGT acreditando que se ha realizado dicho cambio

    Vehículo de sustitución

    En el supuesto de que la persona titular disponga de un vehículo de sustitución, podrá solicitar un distintivo OTA provisional presencialmente en el Ayuntamiento. Es indispensable entregar el impreso Solicitud de tarjeta OTA provisional para el vehículo de sustitución, cumplimentado y firmado por el taller en el que se encuentre, y la documentación requerida en el impreso.

    La tasa está recogida en el epígrafe 7.6. de las Ordenanzas Fiscales.

    • La vigencia de este distintivo es indefinida, siempre que se cumplan los requisitos, salvo que se dé de baja.
    • El cambio de domicilio en el Permiso de Circulación del vehículo se tramitará en la Jefatura Provincial de Tráfico de Álava, situada en Avda. de Gasteiz, nº 13-1º.
    • La posesión de dicho distintivo no exime del cumplimiento de las restricciones por etiquetado ambiental para acceder, circular y estacionar en las zonas OTA/ZBE 0A, 0B y 0C del interior de la ZBE determinadas por la Ordenanza reguladora de la ZBE.

    Puedes solicitarlo y pagarlo en el momento en cualquier Oficina de Atención Ciudadana.

    Asimismo, se puede solicitar y pagar online:

    Si ya tienes un distintivo vigente, se renovará automáticamente, siempre y cuando sigas cumpliendo las condiciones.
     


    Las tarifas están recogidas en las ordenanzas fiscales (epígrafe 7.6).


    No, sólo se paga la parte proporcional desde el día de la solicitud hasta el 31 de diciembre.


    Sí, es obligatorio domiciliar el pago para los años siguientes, ya que el primer año se paga al solicitarlo.


    Únicamente se concede un distintivo de estacionamiento por persona solicitante, aunque puede obtenerse un segundo distintivo para un vehículo de la misma persona titular, cuando el vehículo es utilizado por su cónyuge o hijas/os, siempre que la persona esté empadronada en el mismo domicilio que el de la persona titular. En todo caso, el número de distintivos de estacionamiento por domicilio no puede ser mayor de tres.

    Para el caso de las distintivos comerciales, el máximo de distintivos que se pueden solicitar son cinco.


    Sí, es posible. Consulta la información.

     


    No es posible, si no cumple las condiciones de residente o comercial.


    Si, puedes solicitar el distintivo OTA para personas pertenecientes al colectivo de gremios profesionales y/o personas trabajadoras en el Régimen de Autónomos, siempre que cumplas los requisitos.

     Consulta cómo obtener el distintivo OTA


    Las personas residentes en la zona rural de Vitoria-Gasteiz sin transporte público podrán aparcar en las zonas 2A, 2B y 2C si obtienen el distintivo OTA de residente.
    Consulta el listado de zonas y calles OTA.


    Sí, pero sólo en las zonas contiguas asignadas. La zona 2 NO tiene zonas contiguas asignadas.


    No, no es necesario ya que el control se realiza mediante la lectura de matrículas.


    • Azul: puedes aparcar si obtienes ticket o si dispones del distintivo OTA para Gremios y Profesionales.
    • Verde: puedes aparcar si obtienes ticket o si dispones de un distintivo OTA válido para esa zona.
    • Verde y rojo (exclusivas de residentes): puedes aparcar sólo si tienes el distintivo OTA para esa zona.
    • Naranja: son plazas de alta rotación, con un límite de tiempo más restrictivo (15 o 30 minutos, según lo que indiquen las señales verticales). Puedes aparcar obteniendo ticket. En estas plazas no sirve el distintivo OTA.


    Trámites relacionados

    Te puede interesar

    Información sobre tipos de tarjetas OTA, horarios, tarifas, mapas y preguntas frecuentes: www.vitoria-gasteiz.org/ota

    Consulta si tu vehículo tiene dado de alta el distintivo OTA introduciendo la matrícula: consulta OTA

    Más información

    Departamento: Espacio Público y Barrios

    Servicio: Servicio Administrativo de Espacio Público y Barrios

    Efecto del silencio: Negativo

    Plazo de resolución: Según normativa aplicable

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.