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Solicitud de ayudas a la creación y consolidación de empresas

Solicitar ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para promover la creación y consolidación de empresas en el municipio de Vitoria-Gasteiz. Estas ayudas económicas tienen la forma de subvenciones a fondo perdido.

Bases de la convocatoria: BOTHA nº 45, de 19 de abril de 2024

Empresas privadas (con menos de 50 personas asalariadas y un volumen de negocios anual o balance general inferior a 10 millones de euros), que ejerzan una actividad mercantil y que cumplan los requisitos de la convocatoria. 

Los especificados en la base 3 de la convocatoria.

Del al .

Este trámite se puede realizar de manera telemática presentando la documentación correspondiente en el registro electrónico:

Registro electrónico

  • Sistemas de identificación: Certificado.


  • Personas físicas: fotocopia del DNI.
  • Personas jurídicas: fotocopia del CIF, de las escrituras de constitución de la empresa, del DNI de la persona representante y del poder de representación.
  • En caso de tener personal asalariado: TC2 del último mes.
  • En caso de no tener personal asalariado: recibo del pago de autónomos, del último mes.
  • Proyecto de empresa que incluya una memoria descriptiva.
  • Para registro de marcas: copia de la solicitud ante la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas).
  • Copias de facturas.
  • Fotocopia del contrato de leasing y copia de las cuotas (diferenciando amortización, intereses e IVA), en el caso de compra mediante esta fórmula.
  • Justificantes bancarios del pago de las facturas presentadas.

  • Si las solicitudes de subvención no reúnen los requisitos exigidos en las presentes bases, o no se acompañara a la misma la documentación exigida, se requerirá a las personas interesadas para que, en un plazo de 10 días, subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se las tendrá por desistidas de su petición.
  • Tendrán la consideración de gastos subvencionables, las facturas correspondientes al período comprendido entre comprendido entre el 31 de mayo de 2023 y el 28 de junio de 2024, en los conceptos recogidos en la convocatoria.

Acciones y gastos subvencionables

  • Ejecución de proyectos e inversiones realizadas por empresas de reciente creación (alta en IAE posterior al 1 de julio de 2019).
    • Gastos de constitución y puesta en marcha.
    • Gastos de comunicación.
    • Gastos relacionados con el diseño y fabricación de prototipos, protección de la propiedad industrial y nombres comerciales.
    • Gastos derivados de la implantación y certificación de sistemas de gestión.
    • Inversiones en elementos de activo fijo nuevo.
  • Los proyectos presentados deberán tener una inversión subvencionable mínima de 5.000 €.
  • Subvención máxima del 40 % con un limite de 8.000 € por empresa beneficiaria y año.

Más información

Departamento: Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo

Servicio: Empresas

Plazo de resolución: Según normativa aplicable

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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