La Ley de Tráfico establece la obligación del responsable de un vehículo de colaborar con la administración identificando al conductor o conductora del vehículo, cuando es detectada una infracción y se le envía el correspondiente requerimiento. Mediante este trámite se identifica a la persona que ha cometido una infracción conduciendo un vehículo, con una tarjeta de identificación digital, o a partir de los datos contenidos en la denuncia.
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Multas de tráfico
Las multas de tráfico son las denuncias impuestas por agentes de la policía municipal, otros cuerpos de seguridad y por vigilantes del aparcamiento regulado OTA, por infracciones de la normativa de tráfico.
Trámite(s)
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Abierto todo el año
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Abierto todo el año
Notificada la denuncia (en el acto o a posteriori), la persona interesada dispondrá de un plazo de 20 días naturales para formular las alegaciones que tenga por conveniente y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas, debiendo dictarse la Resolución Sancionadora correspondiente. En este caso la denuncia se tramitará por el procedimiento sancionador ordinario.
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Abierto todo el año
Pago de multas emitidas por el Ayuntamiento, que se encuentren dentro de plazo.
Las infracciones a la normativa de tráfico llevan aparejadas la sanción de multa pecuniaria y su cuantía dependerá de la calificación de la infracción. La cuantía de las multas está fijada en el artículo 80 apartados 1 y 2 del RDL 6/2015.
- Real decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo
- Real decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores
- Real decreto legislativo 6/2015, Texto Refundido Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial
- Ordenanza, municipal reguladora del servicio de estacionamiento limitado en superficie (OTA)
- Ordenanza, Municipal Reguladora de los Usos, Tráfico, Circulación y Seguridad en las Vías Públicas de Carácter Urbano
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
La no identificación del conductor responsable de una infracción de tráfico, supone una infracción muy grave que lleva aparejada una sanción del doble de la infracción originaria, si es leve, o del triple de aquella, si es grave o muy grave.
Pérdida de puntos
La comisión de ciertas infracciones, graves o muy graves, lleva aparejada la pérdida de puntos del permiso o licencia de conducción una vez que la sanción sea firme en vía administrativa. Las infracciones y el número de puntos a perder están recogidos en los anexos II y IV del RDL 6/2015.