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Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica - Bonificaciones y exenciones

Bonificaciones y exenciones que se aplican al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

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La tasa está recogida en el epígrafe 2 de las Ordenanzas Fiscales.

Los requisitos para la obtención de bonificaciones y exenciones se deberán cumplir a fecha 1 de enero.

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