Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% y que cumplan los requisitos que se indican, están exentas del pago de este impuesto.
El contenido de la página ha expirado.
Sobre esta página
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica - Bonificaciones y exenciones
Bonificaciones y exenciones que se aplican al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Trámite(s)
-
Abierto todo el año
-
El objetivo de esta bonificación es dar un tratamiento más favorable fiscalmente a los vehículos propiedad de personas pertenecientes a familias numerosas.
-
A los vehículos que tengan un adhesivo identificador de cero emisiones o ECO, se les aplicarán bonificaciones.
-
Quienes sean titulares de vehículos históricos y los vehículos que tengan una antigüedad mínima de 30 años tienen derecho a una bonificación del 90% en la cuota del impuesto de vehículos.
La tasa está recogida en el epígrafe 2 de las Ordenanzas Fiscales.
- Ordenanzas Fiscales municipales del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
- Decreto foral 6/2021, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Norma Foral del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
- Real decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de vehículos.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Los requisitos para la obtención de bonificaciones y exenciones se deberán cumplir a fecha 1 de enero.