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Convocatoria para la instalación de barracas, atracciones, puestos de feria, máquinas expendedoras y un circo durante las Fiestas de La Blanca
Solicitar la licencia para la instalación de barracas, atracciones, puestos de feria, un circo y cuatro máquinas expendedoras de bebidas no alcohólicas en el ferial de Mendizabala durante las fiestas patronales de la Virgen Blanca.
Cumplir las condiciones que se especifican en las bases de la convocatoria en materia de: espacio público, de consumo e higiénico-sanitarias, ambientales, de limpieza y gestión de residuos y de seguridad, instalaciones y acometidas de agua, así como los días especiales establecidos.
Del al .
- Solicitud de ocupación para el ferial de Mendizabala (2026, 2027, 2028 y 2029)
- Plano del Ferial Mendizabala (2026-2029)
- Consultar en las bases de la convocatoria la documentación requerida para cada caso (atracciones, puestos de feria, máquinas expendedoras y circo)
Formas de hacer el trámite
Tramitación online
Este trámite se puede realizar de manera telemática presentando la documentación correspondiente en el registro electrónico:
Registro electrónico-
Sistemas de identificación: Certificado.
Tramitación presencial
Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario, ubicación y condiciones de cita previa siguiendo el enlace:
- Oficina de atención ciudadana de Aldabe
- Oficina de atención ciudadana de Ariznabarra
- Oficina de atención ciudadana de Arriaga
- Oficina de atención ciudadana de El Pilar
- Oficina de atención ciudadana de Hegoalde
- Oficina de atención ciudadana de Ibaiondo
- Oficina de atención ciudadana de Iparralde
- Oficina de atención ciudadana de Lakua
- Oficina de atención ciudadana de Salburua
- Oficina de atención ciudadana de San Antonio
- Oficina de atención ciudadana de Zabalgana
- Oficina de atención de San Martín - Planta baja
Consultar en las bases los criterios económicos para la adjudicación.
Fianza
Para responder de los desperfectos en la vía pública, del incumplimiento de las obligaciones de limpieza y de cualquier otra obligación que resulte legalmente exigible, las personas adjudicatarias deberán constituir una fianza por cada elemento, que comprenderá todo el periodo de duración de la autorización, por importe de:
- 2.000,00 euros el circo.
- 600,00 euros los aparatos de adultos.
- 450,00 euros los espectáculos, bares y churrerías.
- 450,00 euros las tómbolas.
- 300,00 euros los aparatos infantiles.
- 150,00 euros las casetas y cada máquina expendedora.
El pago de la tasa así como de la fianza deberá efectuarse en el plazo señalado en la resolución de adjudicación.
Bonificaciones
Se podrá conceder una bonificación rogada de hasta el 90 por ciento del importe de las tasas a los sujetos pasivos cuando concurran circunstancias subjetivas de ser entes declarados de utilidad pública o justificadas condiciones de interés social y municipal en las mismas, según informe emitido al respecto. Asimismo, por disposición del órgano competente según la legislación básica de régimen local, previa solicitud e informe-propuesta motivado, se podrá conceder la exención de tasa para actos o eventos por cuyas características especiales, de tipo social, ferial, cultural o deportivo, sean considerados de gran interés para la ciudad y/o sus habitantes. La bonificación o exención deberá solicitarse en la instancia.
- Ordenanza, Ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales
- Decreto 17/2019, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
- Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
- Real decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
- Real decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico
- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión
- Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias
- Ley 6/1993, de 29 de octubre de Protección de Animales del País Vasco
- Ordenanza, Reguladora de la Venta Ambulante en el Término Municipal de Vitoria-Gasteiz
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Más información
Departamento: Espacio Público y Barrios
Servicio: Servicio Administrativo de Espacio Público y Barrios
Efecto del silencio: Negativo
Plazo de resolución: 3 meses
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.