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Depósito de garantías o fianzas: Constitución de garantías

Para garantizar que cumples determinadas obligaciones, el Ayuntamiento te puede solicitar constituir una garantía. 

Los casos más habituales son:

  • Ejecución de contratos de obras, servicios o suministros.
  • Cobertura de desperfectos ocasionados por obras o actividades.
  • Correcta gestión de residuos.
  • Pago de deudas fraccionadas, suspensión de procedimientos recaudatorios...

Las garantías pueden constituirse de varias maneras, siendo las más habituales: efectivo, aval o seguro de caución (en ambos casos en formato papel o electrónico). 

Cualquier persona física o jurídica que es titular del derecho de devolución.

Para depositar una garantía, es necesario disponer del recibo (orden de depósito) emitido por el servicio municipal que la exige.

Abierto todo el año.

Este trámite se puede realizar de manera telemática presentando la documentación correspondiente en el registro electrónico:

Registro electrónico

  • Sistemas de identificación: Certificado.


Documentación a presentar para constituir una garantía en efectivo: ninguna. Es suficiente con disponer de la orden de depósito.

Documentación a presentar para constituir la garantía mediante avales o seguros de caución: Además de disponer de la orden de depósito, según la finalidad para la que se exige la garantía, el modelo será uno u otro.

  • Modelos genéricos: aval / seguro.
  • Modelos contratación: aval / seguro.
  • Modelo para garantizar el pago de deuda fraccionada o aplazada: aval.
  • Modelo para garantizar la suspensión del procedimiento racaudatorio: aval.

Requisitos que deben cumplir los documentos, si se constituye la garantía mediante aval bancario o seguro de caución: 

  • Deben ser originales.
  • Deberán hacer constar:
    • El bastanteo de poder del poder por parte de la Secretaría del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, la Caja General de Depósitos o la Abogacía del Estado.
    • La obligación de la entidad avalista de ingresar en metático, al primer requerimiento del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en su tesorería, en todo o la parte que proceda de la cantidad garantizada.
    • La indicación de que el aval o seguro de caución estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
    • Además, en caso de aval: Debe hacer referencia a la renuncia expresa al beneficio de excusión, al que se refiere al artículo 1830 del Código Civil y debe figurar inscrito en el Registro Especial de Avales.
    • Además, en caso de seguro de caución, deberá reflejar en el siguiente texto: " La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro".

Devolución de oficio

Como regla general, la devolución de las garantías se practicará de oficio por parte del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz una vez verificado el cumplimiento satisfactorio de la obligación para la cual se depositó.

Tratándose de fianzas en metálico, la devolución se practicará en el número de cuenta indicado por la persona interesada en el momento de su constitución.

Devolución de la garantía a instancia de parte

Puede ser solicitada por la persona física o jurídica titular del derecho de devolución, esto es, por la persona que la deposita o su representante legal, una vez cumplida la obligación para la cual se depositó.

En el caso de que no se haya indicado número de cuenta alguno al depositar la fianza, o se desee que la devolución se realice en un número de cuenta diferente, la persona interesada o su representante legal, deberá presentar la Solicitud de devolución de garantía junto a la certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la nueva cuenta. 

Esta documentación se deberá presentar a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento, en las Oficinas Municipales de San Martín o en cualquier oficina de Atención Ciudadana.

Más información

Departamento: Hacienda

Servicio: Presupuestos, Gestión Financiera y Tesorería

Efecto del silencio: No tiene

Plazo de resolución: Según normativa aplicable

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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