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Bonificaciones en la tasa de basuras: Bonificación por reciclaje orgánico

El Ayuntamiento aplica bonificaciones en el recibo de la basura a quienes reciclen la materia orgánica en el contenedor marrón, en el buzón de recogida neumática o en los programas de compostaje individual y comunitario.

Contenedor marrón o buzón:

En 2025, por ser el primer año, se aplicará un 10% de bonificación a todas las viviendas que se den de alta en el Registro de personas usuarias. Además, se aplicará otro 10% de bonificación a quienes hayan usado el contenedor un mínimo de días en 2024:

  • Viviendas menores de 75 m2: 70 días
  • Entre 75 y 90 m2: 100 días.
  • Más de 90 m2: 120 días.

Contabilizan los usos realizados en cualquier buzón o contenedor de la ciudad (uno al día por domicilio). Para reciclar la materia orgánica en contenedores y buzones es necesaria la Tarjeta Municipal Ciudadana (TMC). Consulta cómo obtenerla.

Programas de compostaje:

En cuanto a quienes participan en programas de compostaje individual o comunitario, se les aplicará un 20% de bonificación. Para eso, deben darse de alta en el Registro de personas usuarias.

  • Registrarse en el Registro de personas usuarias. Una persona no puede registrarse en más de una vivienda. Todos los miembros de una misma vivienda pueden registrarse en ella para contabilizar los usos del contenedor

Modalidades de registro:

  • Online, con la Tarjeta Municipal Ciudadana (TMC), la Bakq u otro certificado digital. En esta modalidad, cada persona deberá realizar su propio registro, ya que no es posible inscribir online a otras personas de la misma vivienda.

  • Presencialmente en una Oficina de Atención Ciudadana. Es necesario solicitar cita previa, excepto en San Martín y en San Antonio, donde no es necesaria para este trámite. Quien se registre presencialmente, podrá inscribir también a otras personas de esa misma vivienda. Para ello, deberá firmar una declaración responsable que le proporcionarán en la oficina y en la que deberá confirmar que cuenta con su autorización. 

Del al .

La tasa está recogida en el epígrafe 6.3 de las Ordenanzas Fiscales.

Más información

Departamento: Hacienda

Servicio: Gestión Tributaria

Efecto del silencio: No tiene

Plazo de resolución: Según normativa aplicable

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

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