Alta y baja en la tasa de basuras

El cambio de titularidad en la tasa por la prestación del servicio de recogida y eliminación de residuos (basura) se realizará a la vez que el alta en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. De hecho, este cambio se realiza con el mismo impreso de solicitud cuando se transmite un inmueble. 

La persona que figure como titular en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

Abierto todo el año.

El trámite ha de realizarse en un plazo de 30 días a partir del día siguiente en el que se produzca la compraventa.

  • Documento identificativo (CIF, DNI, NIE, pasaporte...) del vendedor y vendedora y del comprador y compradora.
  • Justificante o documento donde conste el número de cuenta corriente, o de libreta ordinaria para pago por caja o banco.

Este trámite se puede realizar de manera presencial en la(s) siguiente(s) oficina(s). Consultar su horario, ubicación y condiciones de cita previa siguiendo el enlace:


  • El importe se determina en función del uso, de la superficie y de la actividad, en su caso, del inmueble. 
  • La cuota es anual, irreducible e improrrateable
  • El pago de esta tasa es obligatorio.

La tasa está recogida en el epígrafe 6.3 de las Ordenanzas Fiscales.

La cuota de esta tasa es de carácter anual y se determina según unas tarifas, en función del uso, de la superficie y de la actividad económica, en su caso, del inmueble.


La persona titular de la tasa por la recogida basuras será siempre el o la titular del bien y el recibo se enviará al propietario o propietaria que figure como titular en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), contribución o catastro. Sin embargo, sí se puede realizar la domiciliación bancaria en la cuenta de otra persona, como un o una inquilina, con su autorización.


Sí. Esta tasa es de carácter anual y se gira al/la propietario/a a 1 de enero. Además, el recibo no se prorratea.


Consultar medios de pago.



Existen diferentes tipos de bonificaciones:
- Bonificación según renta (bonificación social).
- Bonificación por reciclaje orgánico.
- Bonificación para familias numerosas.
- Bonificación para familias monomarentales o monoparentales.

Más información en Bonificaciones en la tasa de basuras.


Más información

Departamento: Hacienda

Servicio: Gestión Tributaria

Efecto del silencio: Según normativa aplicable

Plazo de resolución: Según normativa aplicable

Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.