Inscripción en el registro de animales potencialmente peligrosos
Inscribir a los animales en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
Requisitos | Documentación | Normativa | FAQs | Tramitación
Requisitos
Poseer la identificación electrónica, mediante microchip, en el censo de animales de la especie canina.
Documentación
- Solicitud de inscripción.
- DNI de la persona solicitante.
- Acuerdo de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos otorgada por la Administración competente.
- Póliza del seguro de responsabilidad civil, con una cobertura no inferior a 120.000 euros por responsabilidad derivada de los daños causados por el animal, aunque haya sido cedido a una tercera persona para su cuidado. Certificado de seguro.
- Recibo del pago de tal póliza.
- Cartilla sanitaria del animal.
- Certificado veterinario, de fecha reciente, que acredite la situación sanitaria del animal.
- Hoja de registro de la especie canina.
- Declaración jurada de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de la previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de animales potencialmente peligrosos.
Normativa
- DECRETO 101/2004, de 1 de junio, sobre tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Real Decreto 287/2002, de 22 de Marzo del Ministerio de la Presidencia por el que se desarrolla la Ley 50/1999 de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Bando: Tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Ordenanza Reguladora de Tasas por Prestación de Servicios Públicos y Realización de Actividades.
Tramitación
Tramitación presencial
- En las Oficinas de Atención Ciudadana.
- En las oficinas de San Martín.
Observaciones
- La Ley establece las características de los animales que merecen la consideración de potencialmente peligrosos, tanto los de la fauna salvaje en estado de cautividad, en domicilios o recintos privados, como los domésticos, y los que por sus características morfológicas, su agresividad y su acometida, puedan suponer una amenaza para la integridad física y los bienes de las personas.
- Se consideran animales potencialmente peligrosos los que pertenezcan a especies o razas que tengan capacidad de causar muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas, y de la especie canina de las razas: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y sus cruces, así como los que manifiesten carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
- Deberá comunicarse al Registro Municipal la venta, traspaso, donación, robo, muerte o pérdida del animal, haciéndose constar en su correspondiente hoja registral.
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las oficinas de atención ciudadana, en las oficinas de San Martín y en el teléfono de información 010 o en el 945 161100.
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
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