Subvenciones para proyectos culturales, eventos y festivales consolidados
Subvenciones para apoyar iniciativas de promoción, creación, formación y difusión de la cultura, que contribuyan a ampliar y mejorar la oferta cultural de la ciudad.
Plazo | Documentación | Normativa | Tramitación
Quién
Personas físicas o jurídicas, domiciliadas en el Territorio Histórico de Álava.
Plazo
20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA nº 22, de 24 de febrero de 2020).
Año 2020: hasta el 24 de marzo.
Documentación
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Solicitud de subvención
- Personas físicas: DNI de solicitante. En el caso de representante, acreditación del poder de representación de quien firma la solicitud.
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Personas jurídicas:
- DNI de la persona representante legal de la asociación solicitante.
- Fotocopia de las escrituras o de los estatutos de la entidad. Y en su caso, documento que acredite su inscripción en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco o, en su caso, en el registro público que corresponda.
- Proyecto del servicio o programa para cuya financiación se presenta solicitud.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Normativa
- Bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones para apoyo a proyectos culturales y eventos y festivales consolidados del ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para el año 2020
- Bases generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para el año 2020
- Ordenanza Municipal de Subvenciones
Tramitación
Tramitación presencial
En las Oficinas de Atención Ciudadana
Tramitación online
A través del Registro electrónico.
Requisitos para operar en el Registro electrónico:
- Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
- Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
- La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.
Observaciones
Documentación para justificaciones ():
- Anexos: 1-J, 2-J, 3-J, 4-J, 6-J.
- Declaración jurada: Anexo 5-J, (excepto el apartado correspondiente a costes indirectos).
Cualquier aclaración sobre este trámite se proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
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