Solicitud de licencia de obras menores
AVISO: Permitidas las obras de intervención en edificios existentes
Se tramitará en los siguientes casos:
- Obras de sencilla técnica que no afecten a elementos estructurales.
- Ocupaciones de vía publica (andamios, vallas, grúas, etc.).
- Vallado de fincas.
- Rótulos.
Algunas obras menores se consideran de escasa entidad y se tramitan mediante la Declaración responsable de obras de escasa entidad.
Documentación | Normativa | Tramitación |Observaciones
Quién
Personas físicas o jurídicas interesadas.
Documentación
- Solicitud de licencia de obra menor.
- La documentación a presentar depende del tipo de obra pretendida por lo que para una mayor concreción es necesario consultar a los servicios técnicos municipales.
Normativa
- Ley del Suelo.
- Plan General de Ordenación Urbana.
- Otras leyes o normas de obligado cumplimiento.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) (ordenanza nº 3).
- Ordenanza Reguladora de Tasas por Prestación de Servicios Públicos y Realización de Actividades (ordenanza nº 6. Artículo 6.1).
- Ordenanza Reguladora de las Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de los Bienes de Dominio Público (ordenanza nº 7.5).
Tramitación
- En las oficinas de San Martín
Observaciones
La diversidad de obras posibles impide concretar la documentación necesaria, por lo tanto serán los servicios técnicos municipales quienes a la vista del contenido de la solicitud requieran aquella que se considere necesaria.
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las oficinas de atención ciudadana, en las oficinas de San Martín y en el teléfono de información 010 o en el 945 161100.
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
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