Notificación electrónica (servicio de avisos y consulta de notificaciones)

Servicio de avisos

Servicio para recibir un aviso mediante correo electrónico, que indica que se dispone de una notificación en la Sede electrónica. Para recibir los avisos por esta vía, es necesario darse de alta e indicar un email.

Alta en el servicio

Excepción: para recibir los avisos de notificación de expedientes de contratación el Ayuntamiento utilizará el correo electrónico que se haya indicado en el expediente.

Consulta de notificaciones

Hay dos formas de consultar notificaciones en función del procedimiento:

A través del apartado "Mi carpeta"(Se abre en una ventana nueva), de la sede electrónica del Gobierno Vasco, se realiza la consulta de los siguientes procedimientos municipales:

  • Licencias de actividad de medio ambiente
  • Licencias de actividad de edificaciones
  • Obras mayores y obras menores
  • Expediente sancionador de Policía, de Medio Ambiente, de Espacio Público y de Salud Pública
  • Condiciones higiénico sanitarias
  • Expediente sancionador de Tráfico (multas)

A través del registro electrónico municipal se realiza la consulta de las notificaciones de contratación.

Sobre la notificación electrónica

La notificación electrónica es la publicación en la Sede electrónica de una comunicación administrativa con consecuencias jurídicas para la persona destinataria, como puede ser el comienzo del plazo para contestar o presentar documentación, presentar alegaciones o recursos, etc.

Las notificaciones se realizarán electrónicamente cuando así lo solicite la persona interesada. Y, siempre, en el caso de las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración.

Cómputo de plazos

  • Cuando se acceda a la notificación electrónica ésta se entenderá practicada. Transcurridos 10 días naturales desde la puesta a disposición de la notificación en la Sede electrónica sin que nadie haya accedido a la misma, se considera realizada la notificación y se continúa con el procedimiento.
  • Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido en “Mi carpeta” de la Sede electrónica del Gobierno Vasco ( no cuando envían el aviso de puesta a disposición).
  • El acceso a la notificación electrónica se podrá realizar en el plazo de los 10 días naturales desde el aviso, una vez superado dicho plazo sin haber accedido dicha notificación se entenderá rechazada. Por tanto, realizada la notificación, se inicia el cómputo de los plazos de tramitación.
  • La notificación electrónica una vez superado el plazo de los 10 días de puesta a disposición se entiende rechazada. Por tanto, realizada la notificación, se inicia el cómputo de los plazos de tramitación. Se publicarán en el Boletín las notificaciones postales que no se han podido practicar, bien porque la persona interesada o el domicilio de notificaciones era desconocido o bien porque intentada la notificación no se ha podido practicar.
  • Si durante el periodo de 10 días de puesta a disposición en de una notificación electrónica se notifica presencialemente dicha notificación, el inicio del cómputo de los plazos de tramitación se inicia al día siguiente de la notificación presencial ya que siempre se tomará como fecha de notificación la de aquélla que se hubiera producido en primer lugar (art. 41.7 Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).